Si eres persona natural obligada a declarar renta, empresario o tienes una sociedad en Colombia, comprar un vehículo híbrido o eléctrico puede representarte un beneficio tributario muy significativo: la posibilidad de deducir el 50% del valor del vehículo de tu impuesto sobre la renta. Este incentivo existe desde la Ley 1715 de 2014, fue ampliado por la Ley 2099 de 2021, y desde 2026 la UPME ya está expidiendo los certificados para acceder a él.
Aquí te explicamos todo lo que debes saber.
¿Qué es la UPME y qué tiene que ver con tu carro?
La UPME (Unidad de Planeación Minero Energética) es la entidad del Estado colombiano encargada de evaluar y certificar las inversiones en movilidad eléctrica y gestión eficiente de energía. El artículo 43 de la Ley 2099 de 2021 le asignó expresamente la función de expedir los certificados que permiten a los compradores de vehículos eléctricos e híbridos acceder a los beneficios tributarios de los artículos 11, 12 y 13 de la Ley 1715 de 2014.
Sin el certificado UPME, no hay beneficio. No es un trámite opcional.
¿Cuáles son los beneficios tributarios?
1. Deducción del 50% en el impuesto sobre la renta
Este es el beneficio estrella. Según el artículo 11 de la Ley 1715 de 2014 (modificado por el artículo 8 de la Ley 2099 de 2021):
“Los obligados a declarar renta que realicen directamente inversiones en [movilidad eléctrica y gestión eficiente de energía] tendrán derecho a deducir de su renta, en un período no mayor de 15 años, el 50% del total de la inversión realizada. El valor a deducir en ningún caso podrá ser superior al 50% de la renta líquida del contribuyente.”
En términos prácticos:
- Si compraste un vehículo híbrido por $300 millones, puedes deducir hasta $150 millones de tu base gravable de renta.
- Esa deducción puede distribuirse en hasta 15 años, tomando cada año lo que no supere el 50% de tu renta líquida.
- Esta deducción no está sujeta al límite de 1.340 UVT ni al tope del 40% de rentas exentas y deducciones que aplica a personas naturales — es una deducción especial que opera por fuera de esos topes.
El Concepto DIAN No. 13853 de 2025 confirmó que este beneficio aplica tanto para personas jurídicas como para personas naturales obligadas a declarar renta.
¿Quiénes pueden acceder a estos beneficios?
Depende del beneficio específico:
Deducción del 50% en renta
Aplica a todos los obligados a declarar renta que realicen directamente la inversión. Esto incluye:
- Personas naturales que declaren renta — incluso si el vehículo es para uso personal. El Concepto DIAN 013853 del 5 de septiembre de 2025 confirmó expresamente que la compra de un vehículo eléctrico o híbrido para uso personal constituye una medida de Gestión Eficiente de la Energía (GEE) y sí da derecho al beneficio, siempre que se cuente con el certificado UPME.
- Personas jurídicas: sociedades, SAS, ltda., empresas unipersonales
Depreciación acelerada del 33.33%
Este beneficio aplica exclusivamente a quienes están obligados a llevar contabilidad, y además requiere que:
- Sus ingresos no provengan exclusivamente de una relación laboral
- Registren contablemente la depreciación
- El vehículo esté relacionado con su actividad productora de renta
Para personas naturales y jurídicas obligadas a llevar contabilidad, el vehículo se reconoce como activo contable y la deducción opera como un ajuste exclusivamente tributario reflejado en la conciliación fiscal.
¿Cómo tramitar el certificado UPME?
Desde el 1 de marzo de 2026, la UPME está recibiendo solicitudes a través del Sistema Único de Usuarios (SUU). El proceso es:
- Regístrate en el SUU en suu.upme.gov.co con tu cédula o NIT
- Inicia sesión y crea un nuevo caso: selecciona UPME → Solicitudes → Incentivos Tributarios Vehículos
- Carga la documentación requerida (factura electrónica de compra, ficha técnica del fabricante, entre otros)
- Haz seguimiento al proceso desde el mismo sistema
Por qué la factura electrónica es indispensable
Para acceder a cualquiera de estos beneficios — la deducción en renta, la devolución del IVA y la depreciación acelerada — la DIAN y la UPME exigen que la compra esté soportada en una factura electrónica válida expedida por el vendedor.
Una factura en papel, un recibo de caja o un documento informal no son suficientes. La factura electrónica debe cumplir con todos los requisitos del artículo 617 del Estatuto Tributario, incluyendo:
- Nombre e identificación del comprador
- Discriminación de todos los impuestos: IVA y, en el caso de vehículos híbridos, el Impoconsumo (8% o 16%) discriminado por separado
- Validación DIAN con CUFE (Código Único de Factura Electrónica)
¿Por qué es clave el Impoconsumo en la factura de un híbrido?
Si compras un vehículo híbrido, el Impoconsumo debe aparecer discriminado en tu factura electrónica. Aunque el Impoconsumo no forma parte del valor base sobre el cual se calcula la deducción del 50%, su correcta discriminación en la factura es indispensable porque:
- La DIAN puede requerir la factura completa con todos los conceptos discriminados como soporte de la operación. Una factura con valores globalizados o sin el Impoconsumo identificado pone en riesgo el reconocimiento del soporte.
- El Impoconsumo es “mayor valor del bien” (Art. 512-1 ET) y como tal forma parte del costo contable del activo — debe quedar correctamente registrado.
- Demuestra que el vendedor está cumpliendo con sus obligaciones tributarias, lo que da solidez jurídica a toda la transacción.
Exige siempre la factura electrónica con el Impoconsumo discriminado al comprar un vehículo híbrido.
Ejemplo práctico: Toyota Sequoia Híbrida
La Toyota Sequoia es un vehículo híbrido (sistema Twin-Turbo V6 + motor eléctrico) que califica para los beneficios de la Ley 1715. Veamos cómo funciona la deducción:
| Concepto | Valor |
| Precio base del vehículo (valor del bien, sin impuestos) | $450.000.000 |
| Impoconsumo 16% (discriminado en factura, no entra a la base de deducción) | $72.000.000 |
| Base de la deducción Ley 1715 (precio base del vehículo) | $450.000.000 |
| Deducción total disponible (50%) | $225.000.000 |
Si tu renta líquida anual es de $80 millones, el límite anual de deducción es $40 millones (50% de renta líquida). Podrías distribuir los $225 millones en aproximadamente 6 años (o hasta 15 años máximo).
Ahorro estimado en impuesto de renta (tarifa del 35% para sociedades): hasta $78.750.000 en total.
Valores ilustrativos. La base de la deducción es el precio base del vehículo sin impuestos. El ahorro real depende de la tarifa efectiva de renta, la renta líquida de cada período y la asesoría tributaria contratada. Consulta siempre con tu contador o asesor tributario.
Vehículos elegibles en el inventario de Makinon VIP Cars
En Makinon VIP Cars contamos con vehículos híbridos y eléctricos nuevos que califican para estos beneficios tributarios, todos importados directamente y con factura electrónica que discrimina el Impoconsumo. Algunos de los modelos disponibles:
- Toyota Sequoia Híbrida — SUV de lujo, sistema híbrido Twin-Turbo V6 + motor eléctrico, certificable UPME
- Toyota Grand Highlander Platinum MAX Híbrida — SUV familiar premium, elegible para deducción especial
- Lexus RX 350H — SUV híbrida de lujo, referente en eficiencia energética
- Hummer EV 3X — pickup eléctrico de alta potencia, exento de Impoconsumo y elegible para deducción
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Resumen: lo que debes recordar
- La deducción es del 50% del valor del vehículo en renta, distribuible hasta 15 años
- La deducción en renta aplica a obligados a declarar renta — incluyendo personas naturales para uso personal (Concepto DIAN 013853/2025)
- La depreciación acelerada del 33.33% aplica solo a quienes están obligados a llevar contabilidad y usan el vehículo en actividad productora de renta
- También hay devolución de IVA y exención arancelaria (esta última debe solicitarse antes de importar)
- El trámite se hace ante la UPME desde el 1 de marzo de 2026 vía SUU
- La factura electrónica es obligatoria para acceder a cualquiera de los beneficios
- En vehículos híbridos, exige que la factura discrimine el Impoconsumo — aunque no hace parte de la base de la deducción, es indispensable para la solidez jurídica del soporte
- El beneficio aplica únicamente sobre vehículos nuevos
Este artículo tiene carácter informativo. Consulta siempre con tu asesor tributario antes de aplicar estos beneficios en tu declaración de renta.